¿Puedo sacar a un arrendatario antes de que termine el contrato?
Sí. No tienes que quedarte de brazos cruzados esperando a que el plazo se cumpla si tu arrendatario dejó de pagar, dañó el inmueble o está usando la propiedad para algo distinto a lo pactado. En estos casos, el juez puede ordenar el termino anticipado, con el respectivo desalojo.
¿Cuándo procede el desalojo anticipado?
El tribunal puede autorizar el desalojo si el arrendatario:
a). No paga la renta o gastos básicos.
b). Ha causado daños importantes en la propiedad.
c). Le está dando un uso distinto al inmueble (por ejemplo, arrendaste para vivienda y lo usa como local comercial).
En algunos casos el juez puede pedir una garantía previa, pero lo clave es que sepas que sí existe la opción de recuperar tu propiedad antes del plazo.
¿Cómo se inicia el proceso de desalojo?
La vía es clara: demanda judicial. Presentas tu caso ante el tribunal competente y demuestras los incumplimientos con pruebas sólidas. Ejemplos: comprobantes de mora, fotos de los daños, contratos, entre otros.
Una vez presentada la demanda, el tribunal fija una audiencia concentrada: ahí se revisa todo (conciliación, contestación y prueba) y se resuelve si corresponde el desalojo.
¿Qué debo acreditar como arrendador?
Para que el tribunal te dé la razón, necesitas probar que:
1). Existe un contrato de arriendo válido. Para que el tribunal te dé la razón, necesitas probar que:
2). El arrendatario incumplió con el pago o las obligaciones pactadas.
3). Los daños al inmueble son reales y atribuibles al arrendatario.
4). Tienes pruebas claras: fotos, videos, informes, testigos.
5). Dominio vigente del inmueble.
¿Cómo funciona el procedimiento de desalojo?
En términos simples, los pasos son:
a). Presentación de la demanda: se inicia el juicio.
b). Notificación al arrendatario: recibe la demanda y tiene que defenderse.
c). Audiencia: ambas partes presentan sus argumentos.
d). Sentencia: el juez decide si corresponde el desalojo y fija la condena por rentas u otras deudas.
e). Cumplimiento: si el arrendatario no se va voluntariamente, se procede al lanzamiento con apoyo de la fuerza pública.
📌 Lo importante
Un desalojo puede sonar simple, pero si lo manejas mal, se transforma en meses de espera y más gastos. Lo clave está en preparar bien las pruebas y tener una estrategia clara desde el inicio.
En Narváez Abogados, nos encargamos que ese proceso sea rápido, sin vueltas innecesarias y protegiendo tu inversión.




necesito abogados especialistas en recuperar una vivienda que se encuentra tomada por mas de 10 años (inicialmente comenzó siendo arrendada) pero nunca mas pagaron arriendo ni hubo contrato de pormedio.
Se ha realizado tramite con abogados, pero ninguno logra recuperar la vivienda.
Hola, agradecemos tu comentario. Entendemos la complejidad de tu situación y nos pondremos en contacto contigo a la brevedad para ofrecerte una consulta gratuita y analizar en detalle las opciones legales disponibles para recuperar tu propiedad. En esta consulta, podremos evaluar tu caso específico y diseñar una estrategia personalizada para lograr el mejor resultado posible.
Buenas tardes, me llego una «Notificación de Aviso de termino de contrato de arriendo» (Notarial), pero la fecha de desalojo a mas tardar es el 20 de enero 2024, siendo que estamos a 2025. Que debo hacer al respecto?, es valida?, debo tomarla en cuenta?. Tengo que presentar algún escrito pidiendo que la anulen?… Atento a sus comentarios….
Buenas tardes, en principio se debe priorizar la intención y la fecha en que se envío esta carta, en cuanto a si se puede presumir que es al año 2025, y no 2024 (por un error), sin perjuicio para poder orientarle correctamente sobre esta notificación, es necesario revisar las cláusulas de su contrato de arrendamiento, especialmente las relacionadas con el plazo, vigencia y término. Si gustas, puede enviarnos su contrato al número de contacto, y con gusto te indicaremos los pasos a seguir